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En 1.907 se aprobó una ley electoral (la Ley de la Cierva) con el teórico objetivo de eliminar el pucherazo (manipulavión del resultado electoral), pero que contenía procedimientos que en la práctica lo fomentaban. El principal consistía en que en la circunscripción donde sólo se presentara un candidato, éste era nombrado automáticamente electo, sin necesidad de celebrarse las votaciones -lo que en la práctica, se convertía en "barra libre" para el cacique local-. Llegó a haber convocatorias electorales, como las de 1923, en que hasta 146 diputados obtuvieron su escaño sin necesidad de recurrir a las urnas, a pesar de ese truco no se obtuvo mayoria absoluta del partido gobernante, aunque eso si se estuvo cerca y en otra un 30% del censo electoral no pudo ejercer su teórico derecho al voto. Esta ley estuvo en vigor hasta las elecciones municipales de 1931, donde muchos concejales fueron elegidos por este procedimiento (14.018 monárquicos y 1.832 republicanos).
La II República modificó de nuevo la ley electoral y el gobierno provisional, por medio del decreto de 8 de mayo de 1.931, introdujo en calidad de electores a los mayores de 23 años, que hasta la fecha podían ser electos pero no electores; igualmente, se introdujo la figura del interventor de los partidos políticos como garantía de la pureza en los comicios.Sin embargo, los cambios más importantes se introdujeron mediante el decreto del 8 de mayo de 1931. La modificación fundamental que introdujo el decreto en la ley electoral vigente fue la introducción, «en vez de la antigua elección uninominal por pequeñas circunscripciones, la elección por lista y por provincia, por un sistema mixto entre mayoritario y proporcional, que concedía amplia prima a la candidatura mayoritaria, pero reservaba cierto número de puestos a la minoritaria (aproximadamente un 20%)», y todo ello, tal como indicaba el prefacio del propio decreto, para evitar la «coacción caciquil (y) la compra de votos». También se lograba una mayor proporcionalidad en la elección de representantes, asignando un diputado por cada 50.000 habitantes.
La nueva ley adoptó un «sistema de lista con voto restringido, por el que cada elector únicamente podía votar por un 80 por ciento aproximadamente del número total de diputados que correspondía elegir a cada circunscripción», sin que hubiese necesidad de que pertenecieran a las mismas candidaturas. La lista ganadora obtenía ese 80% de los escaños, y los restantes quedaban para la minoría más importante. Este sistema se conocía como de voto limitado. Para que un diputado se considerase elegido debía obtener, al menos, el 20% de los votos emitidos. De no ser así, se declaraba nula su elección y se efectuaría una segunda vuelta dos semanas después, con la misma distribución de escaños entre mayorías y minorías, pero ajustados al número de diputados disponibles.
Las circunscripciones eran provinciales, con salvedades: según el artículo 6º, las ciudades de Madrid y Barcelona constituían circunscripciones separadas de su provincia, al igual que todas las capitales de provincia que, con su partido judicial, superasen los 100.000 habitantes, en cuyo caso capital y partido judicial formaban una circunscripción electoral y el resto de la provincia otra.También se eliminaba el controvertido artículo 29 de la ley electoral de 1907, mediante el cual, cuando había una única candidatura, se proclamaban elegidos sin votación los candidatos. Finalmente, el decreto confirmaba la reducción de la mayoría de edad a 23 años e introducía la condición de elegibles (pero no electores) de mujeres y sacerdotes.
En julio de 1.933, el día 27, se modifica de nuevo la ley electoral; el propósito de la nueva legislación electoral era potenciar parlamentariamente a los partidos más fuertes, creando mayorías estables que sustentasen al gobierno y, al mismo tiempo, permitir la representación de las minorías (no obstante, era posible forzar el propósito de la ley y aspirar a copar todos los escaños de una circunscripción, como hicieron las derechas navarras en 1933 y 1936, que formaban una candidatura con el mismo número de miembros que escaños a elegir en la circunscripción; a la hora de presentarlos, sin embargo, los distribuían por los diversos distritos electorales de modo que sólo se presentase en cada uno el número de candidatos legal; el predominio electoral era tan grande que al hacer la suma de votos en todos los distritos, todos los candidatos resultaban elegidos). Ese propósito mostró pronto su fracaso, al propiciar grandes coaliciones que luego no actuaban unidas en las Cortes, permitiendo incluso la representación de grupos minoritarios que, incluso con una representación puramente proporcional nunca hubiesen accedido al Parlamento (como por ejemplo comunistas o falangistas). Finalmente, el efecto más pernicioso de la ley electoral fue el de propiciar grandes bandazos en la composición de las Cortes entre una legislatura y la siguiente, que no se correspondían con el peso efectivo de cada partido o coalición entre la población y sí con el grado de amplitud de las diferentes coaliciones.
El cambio más importante fue la introducción del sufragio universal al permitir el voto de las mujeres. Otra innovación fue la elevación del número de habitantes para que una capital pudiese forma una circunscripción separada, que serían los municipios de más de 150.000 habitantes según el censo de 1930. Sólo cumplían esa condición Barcelona, Madrid, Valencia, Sevilla, Málaga, Zaragoza, Bilbao y Murcia. Por último, para que los candidatos de la lista vencedora pudiesen ser proclamados electos, se requería que el más votado de dicha lista obtuviese, al menos, el 40% de los votos. De esta forma todos los miembros de la lista ganadora que sobrepasasen el 20% eran elegidos. En caso de que no se llegase al 40% se declaraba nula la elección y se efectuaba una segunda vuelta, dos semanas después, a la que sólo podían concurrir las listas que tuviesen algún candidato que hubiese obtenido al menos un 8%. Las listas de la segunda vuelta podían modificarse.
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como siempre amigo
paso por tu espacio a dejarte un saludo
Un beso, amiga Rosana.
Gracias por tu visita.