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Lo que sí representa ser una falacia es la afirmación que realiza César Vidal en el sentido que la supresión de la enseñanza religiosa en los colegios equivalía a eliminar la libertad religiosa. En primer lugar, sacar a la religión de los colegios era plenamente constitucional (art.nº 2), y, segundo, eso no significaba eliminar la libertad religiosa ya que ésta estaba garantizada por el artículo 27 de la Constitución. Una cosa, por consiguiente, no lleva a la otra. La Ley de Educación vigente, previa a la República, era la Ley Moyano (que establecia criterios selectivos para los estudios de secundaria en función del sexo y de la clase social), de 1.847, y sus resultados (alguno de los cuales hemos visto ya cuando hemos hablado sobre la Iglesia) se traducían que, en 1.930, las estadísticas (con todas las reservas que se quieran) daban para una población de 23 millones y medio de habitantes, tan sólo siete millones cien mil hombres sabían leer y escribir, y poco más de seis millones de mujeres se encoontraban en idéntica situación (es obvio señalar que el saber leer y escribir no garantiza que se sea culto, así como que estas cantidades debían ser adjudicadas a las gentes con más posibilidades, entre los que no se encontarban los más desfavorecidos, obviamnete); ¿Hablan suficiéntemente estos datos de su total fracaso? También hemos visto anteriormente, cómo Gil-Robles se jactaba del fracaso que había supuesto esta medida sobre los colegios religiosas del primer gobierno de la república cuando, en 1.933, las derechas se hicieron con el poder. Otro recurso empleado por la derecha fue el de poner los colegios religiosos bajo titularidad de cidadanos laicos.

La República se propuso llenar las escuelas con los mejores maestros

. Pero los docentes de la época tenían una formación casi tan exigua como su salario. Con Marcelino Domingo al frente del Ministerio de Instrucción Pública y Rodolfo Llopis de director general de Primera Enseñanza, se elaboró el "mejor Plan Profesional para los maestros que ha existido en nuestra historia", asegura Domínguez. Y prácticamente las mismas palabras usa Antonio Molero para defender esa idea. El sueldo miserable de aquellos voluntariosos maestros subió a 3.000 pesetas al tiempo que se organizaban para ellos cursos de reciclaje didáctico. En aquellas Semanas Pedagógicas recibían asesoramiento de los inspectores, para remozar su formación. La carrera de Magisterio, elevada a categoría universitaria, dignificó la figura del maestro. A los aspirantes se les exigió, desde entonces, tener completo el bachillerato antes de matricularse en las Escuelas Normales, donde se enseñaba pedagogía y había un último curso práctico pagado. "Se hizo del maestro la persona más culta, eran los intelectuales de los pueblos y, con toda la precariedad en que vivían, ejercieron de una forma digna", señala Consuelo Domínguez.

El 31 de agosto de 1931, Marcelino Domingo le pedía a Miguel de Unamuno, presidente del Consejo de Instrucción Pública para que preparase una ley que sustituyese a la obsoleta Ley de Moyano, que databa de 1857. El Ministro le pedía al catedrático de la Universidad de Salamanca que la ley favoreciera el establecimiento en España de la escuela única. El Consejo encargó a Lorenzo Luzuriaga la redacción de un proyecto de ley basado en la escuela única. Según este documento, la educación debía basarse en los siguientes principios:

La educación pública es esencialmente una función del Estado.

La educación pública debe ser laica.

La educación pública debe ser gratuita, especialmente en la enseñanza primaria y media.

La educación pública debe tener un carácter activo y creador.

La educación pública debe tener un carácter social, por lo que se articulará un sistema de participación entre las representaciones sociales diversas y la escuela.

La educación pública debe atender conjuntamente a los alumnos de uno y otro sexo, haciendo de la coeducación un principio pedagógico aplicable a todos los grados de la enseñanza.

La educación pública constituye un sistema unitario.

El profesorado de la educación pública constituye un todo orgánico. Siendo una la función educativa, uno debe ser también el profesorado, lo que significa que debe recibir una preparación equivalente, asumir un trabajo docente similar y análoga retribución.

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