ANEXO V

BORRADOR DEL ACTA Nº 28 DEL CONSEJO DE MINISTROS CELEBRADO EL 30-XII-70.

Bajo la presidencia de su Excelencia el Jefe del Estado tuvo lugar en el Palacio de El Pardo, a las cinco de la tarde, un Consejo de Ministros con la asistencia de los señores ministros que al margen se indican. El Jefe del Estado dio cuenta al Consejo del objeto exclusivo de la reunión. Estudiar (tachado) deliberar acerca de cuál debería ser la decisión a adoptar como consecuencia del Consejo de Guerra celebrado en Burgos en que ha sido juzgado (tachado) para ver y fallar la causa 31/69 contra un grupo de terroristas de la ETA. El señor Ministro del Ejército comunicó al Consejo de Ministros que la sentencia había llegado ya, refrendada por el Capitán General, y por tanto podía considerarse como firme y en todo conforme con la Sentencia dictada por el consejo de Guerra de Burgos (tachado) dio cuenta de la Sentencia que había sido aprobada por el Capitán General de acuerdo con su auditor). El Ministro del Ejército al dar cuenta de esta resolución la elevaba al consejo (tachado) gobierno a fin de que éste, previa la deliberación que se estimara conveniente (tachado) oportuna, propusiera al Jefe del Estado la decisión que se estimara más conveniente que a su juicio se debiera tomar.

Uno por uno todos los miembros dieron su opinión sobre los diversos aspectos del delicado problema en sus múltiples implicaciones nacionales e internacionales. Unánimemente se estimó que el Régimen es lo suficientemente fuerte como para que pueda permitirse hacer lo que juzgue más conveniente para la utilidad pública y los supremos intereses de España. En este momento fue parecer general que, tras la justicia, la clemencia era la fórmula más adecuada, a fin de evitar caer en la trampa tendida por el enemigo, orientada a crear mártires. Para exterminar a la ETA se juzgó que lo más útil, aunque de momento pudiera parecer no comprensible era conceder el indulto todas las sentencias. Por las siguientes razones: El consejo de Guerra ha procedido como era su deber, ha señalado el peligro de unos grupos de activistas que, llevados de su fanatismo, se muestran decididos a no respetar nada. El régimen, es, sin embargo, tan fuerte, se ha mostrado singularmente en las últimas semanas tan sólido, que puede permitirse el lujo de indultar, no ya sólo por razones humanitarias, sino por razones exquisitamente políticas. El ministro de trabajo hizo algunas consideraciones sobre hasta qué grado debería llegar la clemencia. Visto desde el exterior está claro que lo que se desea es que se haga sin limitaciones. Visto desde el interior es posible que ello cree algún desconcierto y no pocas perplejidades. El Ministro de Educación aclaró que no se trataba de perdonar, sino de encontrar la fórmula para combatir más eficazmente y con los medios más idóneos a los enemigos de la libertad de la patria. Éstos están buscando el muerto, el mártir, para ser explotado al máximo y esta dialéctica es la que no hay que regalarles. Por lo demás la caudalosa y pasional propaganda de estos días ha sido también fruto de nuestras enseñanzas. No parece ser acertado que en tiempo de paz sean los tribunales militares los que tengan que juzgar los delitos. En caso de que haya que realizar juicios sumarísimos éstos deben ser aislados y deben aplicarse inmediatamente. El Ministro de Obras Públicas agregó que desde el punto de vista de la ejemplaridad la no concesión de clemencia ofrece más inconvenientes que ventajas. Si se trata de demostrar la fortaleza del Régimen, después de las calurosas adhesiones recibidas, esto no es necesario. En cuanto a la reacción de la opinión, sin duda será favorable. La ETA desea la aplicación de la pena. La clemencia les humillará. El Ministro de Justicia dio lectura a la carta de la madre y el hermano del principal de los encartados Sr. Izco de la Iglesia en la que solicitaban clemencia, apoyándose en el historial del padre, combatiente durante la guerra en un Tercio de requetés y en el del hermano, miembro activo del SEU y de las actuales "Vanguardias Universitarias" . El Ministro Secretario General del Movimiento precisó lo siguiente: El Tribunal Militar que ha actuado, en Consejo Sumarísimo de guerra, lo ha hecho dentro de la más estricta ordenación jurídica del país, en cumplimiento de lo que establecen las leyes. Su obligación consistía en conocer los hechos y en juzgar a los delincuentes. Nadie podrá alegar apresuramiento en lo primero. El tribunal ha sido paciente, escrupuloso y exigente en el examen de las pruebas los testimonios, la relación de cargos, los hechos todos que llenaba el voluminoso proceso. Se han cumplido todas las etapas procesales con exquisita observancia y, en momentos hasta con tolerancia benévola. Para juzgar, los miembros del Tribunal, ajenos a cualquier rumor o vendaval de la calle, se han tomado todo el tiempo que la responsabilidad y trascendencia de su decisión reclamaban. El acta constituye un veredicto sereno, razonado y concluyente. Con el código en la mano se han juzgado unos delitos. Se han impuesto unas penas. El Tribunal ha cumplido con su deber, ejemplarmente, y merece la gratitud de todos por su serenidad y por el honor con que ha desempeñado su penosa misión. La acción de la justicia ha concluido. En la consideración final del Jefe del Estado pesan ahora todos los argumentos humanos, políticos, y concretos que rodean el caso. Es natural que sea sensible a esas masivas y espontáneas manifestaciones de entusiasmo y adhesión con que el pueblo entero de España le ha renovado su fidelidad y su cariño. Su poder está popularmente respaldado por todo el país. No necesita, como nunca necesitó, subrayarlo. Dice Cicerón que la fortaleza, virtud o temple de ánimo, vence el temor y modera la audacia. Y Santo Tomás comenta que la audacia no es más que una forma del temor, al revés. Ninguna audacia hay que parar ni pedir. Ningún temor hay que sospechar ni sufrir. Sería malévolo, estúpido e incongruente creer que la injusticia en los juicios del exterior puede forzar el rigor al máximo. Sería ingenuo, torpe y catastrófico suponer que la generosidad clemente del corazón puede entenderse como una debilidad política. Si las intenciones del país se inclinan a una petición indulgente, si como está probado, la unidad de la patria y su deseo de paz y progreso es algo que no puede poner en peligro la acción terrorista de un grupo minoritario de desesperados políticos y si el consejo, leal y sereno, de algunos altos organismos reunidos estos días, es favorable a la templanza, todo habría que entenderlo, seguramente, como una prueba de la salud política de nuestras instituciones fundamentales y de la fe en los destinos de la patria. Tras las intervenciones del Almirante Baturone y del General Salvador Díez Benjumea, coincidente en los mismos puntos de vista, y tras una larga deliberación, el Consejo de Ministros acordó por unanimidad, tras hacer suyo cuanto al respecto su excelencia decidiera, sin bien consideraba que, dadas las múltiples circunstancias que en este caso concreto concurrían, el Jefe del Estado, si lo estimaba oportuno, podría hacer uso de las prerrogativas que le concede la Ley Orgánica del Estado y conmutar todas las penas de muerte impuestas por el Consejo de Guerra por las inmediatamente inferiores en grado. (tachado)

Se sustituye (A mano, con tinta de bolígrafo rojo) por: Uno por uno, todos los ministros dieron su opinión sobre los diversos aspectos del delicado problema en sus múltiples implicaciones nacionales y extranjeras, acordándose por unanimidad, aconsejar a S.E. el jefe del Estado el ejercicio de su prerrogativa de gracia para todos los condenados a muerte.

(A máquina): S.E. el Jefe del Estado informó a los Señores ministros que, expresada por su Presidente, ésa había sido también la opinión unánime del Consejo del Reino, que había convocado excepcionalmente el día anterior, para consultarle sobre la misma importante cuestión.

Siendo pues totalmente coincidentes ambos altos organismos en la apreciación de la línea política a seguir y de las medidas a tomar, se estimó oportuno, y así se aconsejó, que el Decreto de indulto correspondiente debería de extenderse diciendo expresamente que el Jefe del Estado hacía uso de las prerrogativas que le concede la Ley Orgánica del Estado "de acuerdo con mi gobierno y con el Consejo del Reino". Y tras esta decisión, tomada por unanimidad, en relación con la sentencia dictada en la plaza de Burgos por el Consejo de Guerra designado para ver y fallar el procedimiento sumarísimo 31 de 1969 y habiendo acordado la conmutación de todas las penas de muerte impuestas por las de inferior grado, todas ellas con las accesorias legales y después de precisar que en el cumplimiento de las referidas penas, privativas de libertad por las que han sido conmutadas las primitivas penas de muerte impuestas, se observarán las disposiciones vigentes en cuanto al límite de su duración sin que puedan aplicarse los indultos generales que se dicten en lo sucesivo ni los beneficios de redención de penas por el trabajo, se levantó la sesión a las seis y media de la tarde. De todo lo cual, como secretario de Consejo doy fe. (tachado)

Se sustituye por: Y que siendo totalmente coincidentes ambos altos organismos, su decisión era el ejercicio de la prerrogativa de gracia en el sentido de conmutar todas las penas de muerte impuestas por las de grado inferior, sin que a estas puedan aplicarse los indultos firmados que se dicten en lo sucesivo ni los beneficios de reducción de penas por el trabajo. Se levantó la sesión a las seis y media de la tarde De lo cual, como Secretario del Consejo, doy fe.