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El Laberinto Vasco (2)
A diferencia de lo ocurrido durante la primera guerra carlista, en 1.876 la guerra civil no finalizó con un nuevo convenio de Vergara, sino con la completa derrota militar de los carlistas, quiene hicieron oídos sordos al llamamiento del nuevo rey, Alfonso XII, de respetar los Fueros si deponían las armas. De ahí que una de las consecuencias principales de la última carlistada fuese la abolición foral de 1.876, pese a que los Fueros no fueran la causa de ella. En este año quedó patente la diversa naturaleza jurídica de los regímenes forales navarro y vasco todavía vigentes. Aunque en ambos casos la población se había sumado mayoritariamente al bando carlista, Navarra mantuvo su estatus surgido de la Ley de 1.841, mientras que la inestabilidad institucional de las Provincias Vascongadas, constante a lo largo del reinado de Isabel II, resultó insostenible por más tiempo. Cánovasuiso arreglar la situación pero fracasó e impuso su concepción de principio de unidad constitucional (recién promulgada la Constitución de 1.876, que, como las anteriores, ignoraba los Fueros) en las cuestiones fiscal y militar.
Su ley de 21 de julio de 1.876 suprimía las exenciones de pagar impuestos y de cumplir el sevicio militar (quintas) que habían gozado hasta entonces Álava, Guipúzcoa, y Vizcaya por ser incompatibles con dicho principio. Pero no abolía el resto de sus regímenes forales, en concreto sus Juntas y Diputaciones, si bien las Cortes otorgaban plenos poderes al Gobierno de Cánovas para la ejecución de dicha ley. De nada sirvió la tenaz oposición de los diputados y senadores vascos. El Gobierno conservador disolvió por decreto todas las instituciones forales en 1.877, primero las de Vizcaya en mayo y luego las de Álava y Guipúzcoa en noviembre.
Cánovas quería llegar a un acuerdo con una parte de los fueristas, los transigentes, que contribuyese a la completa pacificación del País Vasco, por ello su decreto de 28 de febrero de 1.878 que establecía el Concierto económico que permitía una gran autonomía fiscal a las nuevas Diputaciones provinciales para recaudar y gestionar determinados impuestos con la única obligación de pagar una cantidad alzada a la Hacienda estatal. El Concierto, semejante al Convenio navarro de 1.841 fue bien acogido por la burguesía vasca, en especial por la vizcaína que vivía los comienzoss de la revolución industrial, ya que era muy ventajoso para sus negocios al basarse en la tributación indirecta y apenas gravarle con impuestos directos. Con ello acabó triunfando Cánovas, pues rompió así el frente fuerista y los transigentes vencieron a los intransigentes, que exigían la derogación de la ley de 1.876. Desde entonces las provincias vascas se integraron en la monarquía de la Restauración, ya sin los Fueros pero con los Conciertos, que suponían una importante autonomía económica y administrativa pero no política.
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