Hace ya algunas fechas tuvo lugar en el centro de Madrid una manifestación que suponía un hecho insólito, miles de guardias civiles vistiendo su uniforme reglamentario, pero sin armas, mostraban pancartas y gritaban consignas exigiendo determinados derechos que decían merecer. La noticia, recibida a través de los informativos de una cadena de televisión no me produjo en sí, otra consideración que la sorpresa causada al observar a unos agentes uniformados manifestándose y recordar lo relativo que es todo en la vida, al pensar en otras imágenes, vistas directamente o representadas gráficamente, de otras manifestaciones en las que otros, esta vez obreros, se manifestaban para reclamar también derechos y mejoras laborales mientras eran cargados a pie o a caballo por agentes que también vestían el mismo uniforme del Cuerpo. No me puedo imaginar a los agentes que ocupaban la Plaza Mayor entretenidos en recordar estos momentos de por sí bastantes tristes, violentos y desagradables sobre todo para los manifestantes, algo que afortunadamente no les sucedía ahora a estos guardias civiles.
El hecho revestía cierta gravedad ya que este Cuerpo es una institución armada y por tanto sometido a la disciplina del Código Penal Militar y este tipo de actuaciones, agentes de uniforme y en número importante, podría ser considerado como delito de sedición según se indica en el mencionado Código:
DELITOS CONTRA LA DISCIPLINA
CAPÍTULO I
SEDICIÓN MILITAR
“92. Se considerarán también reos de sedición militar los militares que, en número de cuatro o más, hicieren reclamaciones o peticiones colectivas en tumulto, con las armas en la mano o con publicidad. En tales casos se impondrá la pena de prisión de uno a seis años a los meros ejecutores y la de dos a ocho años a los promotores, al cabecilla y a los oficiales y suboficiales que intervinieren ”.
Afortunadamente para todos y no solo para los manifestantes los tiempos ya no son los mismos que los de aquellas pasadas cargas y ahora se recurre más al diálogo – al menos, el actual Gobierno – que al empleo de la fuerza y por ello no me ha extrañado mucho la noticia recibida hoy mismo en la que se indica que éste está estudiando sendos Proyectos de Ley en los que se autorizará a los agentes de la guardia civil el derecho de asociación – no así el de sindicación – y se les eximirá de su dependencia al Código Penal Militar - en los casos menos graves, aunque no se les permitirá recurrir a la huelga. Según las manifestaciones del Ministro del Interior y del representante de la Asociación Unificada de la Guardia Civil el acuerdo ha sido satisfactorio para ambas partes y, aunque nada han dicho de ello, supongo que los agentes sancionados tras la manifestación serán restituidos en sus puestos sin cargo alguno pues no me imagino a la AUGC dejando olvidados a algunos de sus compañeros y al gobierno deseoso de buscarse más complicaciones.
En cualquier caso no deja de sorprenderme la forma en la que se ha resuelto el conflicto, no tan sólo por el hecho de no hacerse uso del artículo más arriba señalado – lo que indica una cierta debilidad en el gobierno y una manifiesta superioridad, por lo que representa, la parte contraria – si no porque se toma por “la calle de en medio” y no se afronta la causa y realidad del problema: ¡El hecho del carácter militar de la Institución!
La Guardia Civil nace durante el reinado de Isabel II (1844) y representa el primer Cuerpo de ámbito estatal en asumir funciones de seguridad pública necesarias tras el bandolerismo que se daba en España al final de la Guerra de Independencia. La Institución se pone al mando del Duque de Ahumada y se le da naturaleza militar dependiendo de los ministerios de Gobernación y de la Guerra siendo, desde esa fecha, el Cuerpo clave utilizado por los distintos gobiernos para mantener el orden público en la España rural con la creación de los Puestos.
Muchos han sido los avatares experimentados desde su fundación, muchos gloriosos y otros no tanto, muchos los claroscuros en su historia – no vamos a entrar en ellos – pero no puede negarse que hoy día es un Cuerpo armado sumamente profesional y altamente especializado que cuenta con diferentes y variadas divisiones en su organigrama de actuación y muy específicas en sus competencias, entre ellas, las destinadas a la lucha contra el terrorismo.
También ha sido grande la evolución de la sociedad española en este tiempo, de una España rural se ha pasado a otra urbana en su mayoría y, por lo tanto, los ámbitos de actuación de los distintos Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado se han modificado, del mismo modo que también han aparecido nuevas formas de delitos y del crimen organizado. Muchos habrán sido los factores que habrá tenido en cuenta el gobierno pero dada la situación actual lo más lógico hubiera sido la reestructuración del Instituto armado para convertirlo en un Cuerpo de Policía ordinario o, en su caso, destinado a labores específicas, claro que esto habría supuesto un trabajo de adecuación complejo y un no menos elevado presupuesto económico. El dejar las cosas como están – Cuerpo armado – pero con determinados derechos que no se conceden a otro Cuerpo, igualmente armado – el Ejército – crea un extraño híbrido que dudo no de más problemas en un futuro, entre otras razones porque este conflicto ha puesto en evidencia quién, de los dos actores enfrentados, es el más fuerte.







Hola, mmmmm realmente extraño el acontecimiento que describes, hay varios puntos dignos de análisis, si se le otorgan derechos a este cuerpo, debería ser lo mismo para los otros?según tu enfoque se ha demostrado quien es el más fuerte y ello encierra un peligro, por lo tanto hay debilidad en el gobierno o simplemente el deseo de hacer más democráticas estas instituciones?debió aplicarse en forma inmediata el artículo 92?
Cariños.
Querida amiga,
Efectivamente, este asunto sería a considerar por una opinión pública que no estuviese sometida a la fanfarria interesada de una oposición empecinada en dirigirla hacia determinadas tesis electoralistas que tienen más de demagogia que de realidad política, y que pone en evidencia la seudo-democracia del sistema, una más entre otras, siendo la primera el modelo de Estado que tenemos, Monarquía Parlamentaria, cuando resulta más que evidente que es antitética con la Democracia uno de cuyos fundamentos es la igualdad de todos los ciudadanos en deberes y derechos mientras que, en la otra, se prima los supuestos derechos de una Dinastía establecidos por herencia de cuna y se transfiere de padres a hijos todo un país, junto a su población, como si este fuera un cortijo y convirtiendo a los ciudadanos en súbditos, algo más apropiado en la edad media que en el inicio del siglo XXI.
La guardia civil - por cierto, enmendando el lapsus que tuve en mi post al decir de ella que es un Cuerpo Armado cuando debía haber dicho Cuerpo Militarizado – está sujeta por su naturaleza específica al Código Penal Militar, de eso no hay duda alguna y según éste la manifestación de Madrid entraba dentro de los presupuestos establecidos en el artículo 92 cuando señala que, “será delito de sedición militar, los militares que en número de cuatro o más, hicieran reclamaciones o peticiones colectivas en tumulto (...) o con publicidad” ya que hubo una “reclamación”; el número de manifestantes era superior a cuatro, según los manifestantes “3.000”; se hizo con “tumulto” algo más que evidente para los presentes y lo reflejado en los medios; y con “publicidad”, sin discusión alguna. ¡Entonces, por qué no se aplica el código ...? La respuesta es más que evidente, ¡por lo mucho que representa y significa la guardia civil!
Ya, en mi post, indicaba que este Cuerpo desde su creación ha representado el mejor medio – en ocasiones de forma poco ortodoxa, por ser comedido en el calificativo - con el que ha contado el poder establecido para proteger y defender la legalidad vigente – incluso cuando esta fue cuestionable, como durante la dictadura franquista – y eso tiene un gran peso a su favor máxime cuando el número de miembros de este Cuerpo debe estar por encima de los 70.000 (estimación personal) perfectamente organizados y cumpliendo labores fundamentales para la seguridad del Estado y del orden público con una gran profesionalidad, aunque a veces se han dado casos de abuso de autoridad y denuncias de malos tratos y torturas.
En diversas ocasiones se ha intentado una reestructuración del Cuerpo sin que se llegase a establecer por lo complejo y costoso que sería, pero también por cuestiones políticas e incluso se consideró la eliminación del mismo con idéntico resultado. Franco, lo estudió debido a que una parte de sus miembros se mantuvo fiel a la República tras el golpe militar pero la “perdonó” y se sirvió de ella en la lucha contra el movimiento “maquis” que operó tras el fin de la guerra civil y se apoyó en su contundente actuación para actuar contra los movimientos huelguísticos más importantes, como los de la minería en Asturias.
Durante el gobierno del presidente González, tras la transición, se oyeron rumores sobre la desaparición de este Cuerpo y el de la Legión Española, pero tanto uno como otro no se llegó a realizar por las razones más arriba indicadas (son ikonos de la derecha del país, y en la Legión figuró como jefe de ella el dictador Franco) lo más a lo que se llegó fue a una modernización de sus efectivos y a que, en la guardia civil, el uso del tricornio ( símbolo visible junto al pesado capote de sus miembros, y de poco grato recuerdo para muchos) fuese limitado a determinados actos de protocolo o servicios de vigilancia especiales y optándose por una gorra de color verde para uso diario. Fue, precisamente, el teniente coronel de la guardia civil, Antonio Tejero, el que al mando de 200 guardias civiles mantuvo secuestrados durante horas a los diputados en el Congreso el 23F de 1981.
La disposición que ha tomado el gobierno respecto al comportamiento de los guardias civiles en la manifestación –junto a otras presiones que han ido trascendiendo, como la pasividad de los guardias civiles de tráfico ante las infracciones del mismo – puede que hayan sido pragmática y lo más deseable para evitar crispar más la situación pero ha demostrado la debilidad – una más de las que se ha tenido desde siempre con este Instituto – y la “adecuacion” que se ha tomado respecto a sus delitos y faltas sujetos al Código Penal Militar podríamos considerarla como “curiosa” y establece un agravio comparativo con el otro Cuerpo militarizado, el Ejército.